martes, 28 de julio de 2009

Imagine... no copyright


Imagine... no copyright es el titulo del nuevo libro escrito en conjunto entre Marieke Van Schijndel y Joost Smiers quien ya habia escrito unos años antes "Un mundo sin copyright, artes y medios en la globalización" (Gedisa, 2006)este es mas o menos el tema del libro
copyright otorga a las corporaciones culturales un control absoluto y abusivo sobre el uso y distribución de un número cada vez mayor de representaciones artísticas que se traduce en unos enormes beneficios económicos: deciden unilateralmente lo que vemos, escuchamos o leemos y en qué entorno lo hacemos, determinando no sólo nuestra sensibilidad estética, sino nuestra concepción de la realidad. Joost Smiers –autor del polémico Un mundo sin copyright (Gedisa, 2006)– y Marieke van Schijndel defienden que es posible configurar una situación de igualdad de condiciones –es decir, un mercado sin copyright y sin el dominio de un reducido número de corporaciones culturales–, un nuevo paradigma en el que puedan prosperar múltiples formas libres de expresión artística sin poner en peligro el derecho de todos a ganarse la vida y la salud de nuestras democracias. [...]


Como habrán visto el tema del libro es interesante, plantear un mundo sin derechos de autor es una idea que sin duda causa polémica ya que es sabido las grandes sumas de dinero que mueven las corporaciones que se encargan de esto. Pero intentando generan mi opinión frente a este tema fui a buscar el origen de la ley de copyright y debo decir que me encontré con algo muy diferente a lo que buscaba. La historia empieza así: Inglaterra. La difusión de la imprenta recientemente creada toma fuerza, la encontramos en el auge de la impresión de panfletos, diarios o proclamas que, influyen en el ámbito político. A La Corona Británica no le gusta mucho esta forma de expresión. En 1556 nace la corporación de los stationers – a los cuales se les concede en exclusiva el denominado “derecho de copia”. todo aquel que quisiera imprimir algo debería recurrir a sus servicios. Esto también implicará, en consecuencia, la propiedad de las tecnologías de impresión de la época. La realidad era que todo autor que quisiera imprimir sus obras literarias, teatrales, políticas, filosóficas, debía remitirse a ellos para que las mismas circularan y se difundieran. Sólo previa anotación en un registro oficial a nombre del stationer –y previa autorización de la aprobación de la censura del Estado la potestad de la obra quedaba en el stationer con el visto bueno del Estado, que la consideraba “de interés público”.
Por lo tanto, el copyright –derecho de propiedad intelectual nace de la mano de la censura previa –por parte del Estado y de la restricción del acceso a los medios de producción culturales.
Pero bueno eso es historia en ese momento era la forma de dar a conocer una obra y no quedaba otra pero hoy en día siglo XXI la realidad es otra Las tecnologías de impresión y distribución de obras intelectuales y culturales han cambiado la digitalización, la Web 2.0, y los diferentes dispositivos peer to peer así lo prueban hoy estas tecnologías y otras similares están al alcance de todos o casi todos por lo que una obra puede llegar al público sin la mediación de un editor, discográfica, productor cinematográfico o distribuidor. Entonces podría ser hora ya de terminar con un sucio negocio que juega con las obras intelectuales y culturales buscando solo beneficio económico.


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